viernes, 29 de mayo de 2009

HUANCAVELICA AÚN ESPERA QUE CULMINEN LAS OBRAS DEL TREN MACHO


Desde hace tres años, Huancavelica espera que las obras de rehabilitación de la vía férrea perteneciente al conocido Tren Macho sean culminadas prontamente. Sin embargo, cada día que transcurre, la continua espera oprime a los miles de pobladores de las zonas altoandinas de Huancavelica, debido a que se ha prolongado su culminación nuevamente hasta el mes de Octubre de 2009.

En efecto, según información proporcionada hoy por el Congresista Miro Ruiz, funcionarios del Ministerio de Transporte y Comunicaciones manifestaron que las obras de rehabilitación del Ferrocarril Huancayo – Huancavelica proyectada a culminar en Junio próximo, sería postergada hasta Octubre 2009 debido al surgimiento de inconvenientes con el suministro de balasto, ya que las canteras de donde se extraería este material no cumplían con las especificación técnicas requeridas para ser usadas en la obra.

Según declaraciones del congresista Miro Ruiz, resulta sumamente extraño que continúen las demoras en las obras de rehabilitación del Ferrocarril Huancayo – Huancavelica más aún cuando se había declarado en diversos medios de comunicación la superación de ciertos impases que permitirían entregar la obra a mediados del mes de Junio. Por ahora su despacho ha solicitado de manera formal al Ministerio de Transportes y Comunicaciones explicaciones aclaratorias respecto al tema, el cual, de no solucionarse contribuirá a generar mayor malestar en las poblaciones afectadas por la demora.

Con respecto al proceso de concesión del servicio ferroviario, el congresista Miro Ruiz manifestó que ha solicitado información a PROINVERSIÓN, entidad a cargo del proceso, a fin de conocer cuáles son los resultados de la evaluación social del proyecto.

Cabe mencionar que la obra, cuya inversión es de US$ 18 millones de dólares se orienta a la rehabilitación de 128 Km. de línea férrea, la misma que es ejecutada por la empresa Ferrovías Central Andino S.A.A. (FCA) quienes en Agosto de 2008, estimaron la conclusión de las obras para Noviembre de ese mismo año, plazo que se extendió, según sus representantes, debido al surgimiento de discrepancias con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

jueves, 28 de mayo de 2009

La inconstitucionalidad del Decreto Legislativo N° 1090


El presente decreto legislativo busca normar, regular y supervisar el uso sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestres. Sin embargo, se cierne sobre el presente Decreto Legislativo una gran cantidad de dudas y observaciones sobre sus intenciones. Es por ello que el presente documento se permite ahondar en la verdadera intención de la ley y sus consecuencias – de ser aplicada – en el adecuado manejo de los bosques y recursos del país.

A continuación detallamos las principales observaciones de este proyecto:

Artículo 2°.- Definición de los recursos forestales de Fauna silvestre y de servicios ambientales
En este artículo se retira a los bosques de producción como patrimonio nacional forestal omitiéndose además la participación ciudadana y la consulta así como la participación de los Gobierno Regionales en el cuidado y preservación de los bosques tropicales. Toda la orientación y menciones que se hace en el presente artículo clasifican de forma comercial los recursos forestales así como las áreas donde radica la fauna silvestre.


El Acuerdo de Promoción del Comercio Perú-Estados Unidos, tiene como sus principales ejes, a los detallados a continuación:




  • Garantizar el acceso preferencial permanente de las exportaciones peruanas a la economía de Estado Unidos, haciendo vinculantes y permanentes en el tiempo las que en el ATPDEA son preferencias unilaterales, temporales y parciales.


  • Incrementar y diversificar las exportaciones, eliminando distorsiones causadas por aranceles, cuotas de importación, subsidios y barreras para-arancelarias y teniendo en cuenta el nivel de competitividad del país para la definición de plazos de desgravación.


  • Atraer flujos de inversión privada nacional y extranjera, propiciando el desarrollo de economías de escala, un mayor grado de especialización económica y una mayor eficiencia en la asignación de los factores productivos.


  • Contribuir a mejorar calidad de vida de las personas a través del acceso del consumidor a productos más baratos y de mayor calidad y variedad, la expansión de la oferta de empleo, el incremento de los salarios reales en el sector exportador.


  • Establecer reglas claras y permanentes para el comercio de bienes y de servicios y para las inversiones, que fortalezcan la institucionalidad, la competitividad y las mejores prácticas empresariales en el país.


  • Crear mecanismos para defender los intereses comerciales peruanos en Estados Unidos y definir mecanismos claros, transparentes y eficaces para resolver posibles conflictos de carácter comercial que puedan suscitarse.


  • Reforzar la estabilidad de la política económica y de las instituciones, así como mejorar la clasificación de riesgo del Perú, lo que contribuirá a rebajar el costo del crédito y a consolidar la estabilidad del mercado de capitales.


  • Reducir la vulnerabilidad de la economía a crisis financieras externas e incrementar la estabilidad de nuestros indicadores macroeconómicos, al estrechar vínculos con las tendencias de una de las economías más estables del mundo.


  • Elevar la productividad de las empresas peruanas, al facilitarse la adquisición de tecnologías más modernas y a menores precios, que promueven la exportación de manufacturas y servicios con valor agregado

Si observamos los objetivos del TLC con los Estados Unidos podemos apreciar que su orientación es social y busca mejorar el intercambio comercial entre ambos países, sin embargo, la depredación y venta de los recursos forestales no se contempla como objetivo de este acuerdo, lo que demuestra la existencia de un interés oculto por parte del gobierno de beneficiar a grupos de interés económico ávidos de comercial de forma libre y sin restricciones en el último pulmón verde del mundo, la selva tropical peruana.



El artículo 7º del presente decreto legislativo define cual es el ámbito de una superficie forestal en el país, señalando que son los bosques producción, los que son para aprovechamiento futuro, los bosques en tierras de protección, las áreas naturales protegidas, los bosques en comunidades campesinas y nativas, y los bosques locales.



La ley regula a través de su capítulo primero el aprovechamiento y manejo de los recursos forestales los mecanismos de concesión forestal, así como los permisos y autorizaciones requeridos; en el caso de la fauna silvestre el aprovechamiento de los recursos que se realiza en propiedad del Estado se realiza también a través de las modalidades de concesión previstas a privados, hecho que deja en claro las intenciones de privatizar el uso de los recursos forestales del Perú, poniendo en peligro cerca de 45 millones de hectáreas de bosque tropicales y por ende a las especies que residente en esta zonas, muchas de la cuales hasta la actualidad no han sido del todo clasificadas por los biólogos.



En el marco de las normas de aprovechamiento de estos recursos naturales y su concesión es que la ley prevé no solo la retribución económica por el aprovechamiento de los recursos forestales y de la fauna silvestre sino también las causales de caducidad de estos derechos de aprovechamiento. En la parte final de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, que es aprobada mediante este decreto legislativo, se dispone la promoción de la reforestación y forestación mediante programas de desarrollo, declarando de interés nacional de interés nacional la investigación en materia forestal y de fauna silvestre en el artículo 45º; así como la promoción de la industria forestal.


El artículo 66° de la Constitución:
“Artículo 66°. Los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento. Por ley orgánica se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a particulares. La concesión otorga a su titular un derecho real, sujeto a dicha normal legal”.



En tanto los recursos forestales y de fauna silvestre son recursos naturales, conforme a la disposición constitucional citada y a lo expresamente indicado en el literal b) y c) del artículo 3° de la Ley N° 26821 -Ley Orgánica para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales-, éstos son patrimonio de la Nación cuyas condiciones para su utilización y otorgamiento a particulares (aprovechamiento) sólo se regula por ley orgánica no por un Decreto Legislativo que a todas luces pretende - como se dijo en línea anteriores - beneficiar a algunos grupos económicos allegados al poder, jaqueando de esta forma la libre determinación de los pueblos y el futuro de nuestros recursos forestales.



Recurriendo a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, debe tenerse en cuenta que la facultad de dictar leyes orgánicas es exclusiva del Congreso de la República, la misma que resulta indelegable tanto al Poder Ejecutivo como a la Comisión Permanente del Parlamento.



El Decreto Legislativo Nº 1090 regula (aparentemente) el uso y conservación de recursos naturales como son los recursos forestales y de fauna silvestre, desconociendo el mandato del constituyente de regular por Ley Orgánica las condiciones de utilización y otorgamiento a particulares de los recursos naturales renovables y no renovables.



Artículo 104°.- El Congreso puede delegar en el Poder ejecutivo la facultad de legislar, mediante decretos legislativos, sobre materia específica y por el plazo determinado establecido en la ley autoritativa.
No pueden delegarse las materias que son indelegables a la Comisión Permanente.
Los Decretos Legislativos están sometidos, en cuanto a sus promulgaciones, publicación, vigencia y efectos, a las mismas normas que rigen para la ley.

El Presidente de la República da cuenta al Congreso o a la Comisión Permanente de cada Decreto legislativo.



Al respecto, cabe precisar que si bien la Ley N° 26821 -Ley Orgánica para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales- contiene una serie de dispositivos legales (artículos 8°, 12°, 13°, 15°, 16° y demás similares) que hacen referencia a que serán las “leyes especiales” las que regulen detalles tales como los requisitos para las concesiones, los sectores competentes, entre otros; por lo tanto, la permisibilidad del D.L 1090 de darle a privados la concesión de nuestros bosques resulta ilegal y abusivo ya que esta materia no puede regularse mediante un decreto legislativo, sino a través de una Ley Orgánica; aspecto que, además, encuentra mayor sustento en lo que disponen los artículos 104º y 101º inciso 4 de la Constitución Política, la misma que es atropellada por este decreto.


En consecuencia, resulta inconstitucional, al haber contravenido lo dispuesto por el artículo 66° de la Constitución, que dispone que la materia de recursos naturales se regula sólo mediante leyes orgánicas.



El decreto en análisis hace mención en su artículo 30º que el Estado con la participación del sector público y privado promueve el desarrollo de la industria forestal para conseguir mayor rentabilidad económica y beneficio social, por lo que ejerce la facultad legislativa delegada dentro de los límites establecidos en la norma autoritativa, la Ley 29157, puesto que sus disposiciones están orientadas a la promoción de la inversión privada, por lo que es necesario un marco normativo que promueva el aprovechamiento eficiente y la conservación de estos recursos naturales.



Sin embargo, este artículo respalda aún más la tesis propuesta de respaldar la actividad privada atropellando los derechos de las comunidades nativas a la consulta, apoyando su segregación y reducción de su espacio vital al afectar el principal recursos no renovable de nuestro país. Una ley inconstitucional y abusiva, que atropella los derechos ciudadanos de las comunidades indígenas, no puede garantizar la preservación ni beneficios a la población. Estamos a tiempo de detener el avance de la mezquindad y el egoísmo sobre la libre voluntad de los pueblos originarios de la amazonía.


miércoles, 20 de mayo de 2009

PERÚ: NARCOTRÁFICO Y TERRORISMO EN EL VRAE


El tráfico ilícito de drogas, problema de alcance mundial, atenta no sólo contra la vida y salud de los pueblos sino también contra la seguridad de los Estados. A despecho de su carácter delictivo, es una actividad económica rentable en extremo y congrega en su entorno ingentes recursos materiales y financieros. Estimula la corrupción menoscabando los valores democráticos fundamentales y su modelo de organización representa un permanente desafío a la estabilidad política.


El problema del narcotráfico en el Perú tiene una connotación particular, pues este flagelo se vincula con el terrorismo en una alianza delictiva que busca proteger sus actividades ilícitas poniendo en grave riesgo la seguridad nacional. Se habla de ”remanentes senderistas”, “rezagos senderistas” , “narcoterroristas”. En cualquier caso, tanto los narcotraficantes como los “rezagos senderistas” tienen como enemigo común al Estado y bajo esta lógica los senderistas estarían ofreciendo protección a los narcotraficantes a cambio de dinero.

¿QUÉ HACER?
Hace un buen tiempo sugerí la necesidad de replantear la lucha contra el narcotráfico y el terrorismo. Señalé que durante el año 2006, el Perú había producido 50 mil hectáreas destinadas al cultivo de hoja de coca, 32% más respecto al 2005, aunque para la ONU está cifra era de 51,4 mil hectáreas. El cultivo de la coca en el Perú había crecido y en consecuencia fracasado el objetivo general de disminuir la producción del principal insumo para la elaboración de la PBC y la cocaína. Para revertir tal situación, propuse que en el marco de la Política de Estado de lucha contra el narcotráfico y el terrorismo se tomen en consideración cinco ejes fundamentales:


1. Fortalecer la labor de Interdicción y cerrar las vías por donde los narcotraficantes llevan el dinero para efectuar la compra de la PBC y la cocaína en las zonas cocaleras dando lugar a que el sobre stock de coca se traiga abajo los precios de éste insumo, obligando a cambiar de cultivo forzado por la falta de demanda de la coca.

2. Mejorar el sistema de articulación del Control de Insumos que debe ir a la par con la interdicción.

3. Efectiva labor de inteligencia financiera para detectar y combatir el lavado de activos.

4. Reestructurar la política de sustitución y erradicación de cultivo de la coca insertando en el mercado al productor agrario y dotándole de créditos preferenciales. De esta manera se restablece la presencia del Estado en las zonas cocaleras.

5. Desarrollo Integral Sostenido promoviendo la presencia de un Estado Descentralizado a través de la inversión en infraestructura económica productiva (carreteras, electricidad, irrigaciones), infraestructura social básica (salud, educación), impulsando los proyectos productivos básicamente en el sector agroindustrial, capacitando los recursos humanos e insertando a los agricultores en el mercado.

El Estado debe dotar de mayor poder de decisión a los gobiernos locales de las zonas cocaleras en apoyo a la política de sustitución de cultivos de la coca, y serán éstos los encargados de ejecutar los proyectos de sustitución de cultivos de la coca, atribuyéndoles la responsabilidad del manejo de los recursos económicos que, para tal efecto, el Estado obtiene de organismos internacionales, públicos y privados para proyectos de desarrollo económico y social.

Por otro lado, a partir del año 2009 el Estado debe garantizar US$ 100 millones anuales, como parte del proceso de descentralización en apoyo a la política de sustitución, los que deben administrados exclusivamente por las propias municipalidades del VRAE, al margen de los presupuestos destinados a los diversos sectores del gobierno nacional que involucran al Plan VRAE.

Existe sin duda una presencia insuficiente e ineficiente del Estado. Todo lo que se dice se queda en versos y buenos deseos, y poco se concretiza en algo objetivo para los pobladores del VRAE. Emitimos normas y más normas, pero que no son efectivas, menos eficientes ni eficaces. El Decreto Supremo Nº 003-2007-DE que declara de necesidad pública y preferente interés nacional el esquema de intervención estratégica integral denominado “Opción de Paz y Desarrollo en Seguridad para el Valle de los Ríos Apurímac y Ene – PLAN VRAE” es un claro ejemplo de ineficacia porque casi nada se avanzó con la aplicación de esta norma.

Los pobladores reclaman, sus autoridades reclaman, pero sólo se escucha en el momento, y parece que el tiempo los hace olvidar a nuestras autoridades. Los resultados son casi nulos. Mediante este Decreto Supremo, se compuso el Grupo de Trabajo Multisectorial VRAE, presidido por el Presidente del Consejo de Ministros, secundado por el Ministro de Defensa, Ministerio de Economía y Finanzas, Interior, Educación, Salud, Agricultura, Energía y Minas, Transportes y Comunicaciones, Vivienda, Construcción y Saneamiento, de la Mujer y Desarrollo Social y DEVIDA. Sin embargo, si medimos los resultados a la fecha, lamentablemente, están desaprobados, porque los grandes proyectos de interés para la zona del VRAE no caminan, salvo excepciones como el proyecto de electrificación.

El VRAE, requiere una labor más eficaz y eficiente, que le permita celeridad en la atención de sus requerimientos. No se puede dar el lujo de crear organismos burocráticos que entramparían más las decisiones a tomar. Se requiere de un órgano ejecutivo autónomo que articule un trabajo idóneo que agilice la atención al VRAE complementando con normas que exoneren o les permitan “saltar” las trabas “burocráticas” generadas por el SNIP, el OSCE (antes CONSUCODE) para ejecutar proyectos de infraestructura económica y social en dicha zona. El problema del VRAE es un asunto eminentemente social, que debe ser solucionado desde ese mismo punto de vista.


Miro Ruiz Delgado

lunes, 11 de mayo de 2009

EN AUDIENCIA PÚBLICA, HUANCAVELICANOS RECHAZARON INGRESO DE SEMILLAS TRANSGÉNICAS

En la Audiencia Pública, celebrada el pasado 08 dem mayo en la ciudad de Huancavelica, diversas delegaciones sociales y comunidades campesinas de esa región mostraron su respaldo al proyecto de ley 2902 que declara al Perú megadiverso, orgánico y libre de transgénicos y cuestionaron que el Gobierno pretenda facilitar el ingreso de semillas transgénicas al país.

El evento contó con la presencia de los congresistas Juana Huancahuari, Miro Ruiz e Hilaria Supa, autoridades locales, especialistas y cerca de doscientos asistentes de diversas provincias del departamento de Huancavelica.

El congresista por Huancavelica, Miro Ruiz, disertó sobre la cuestionada ley de recursos hídricos, norma que permite la administración del agua en manos privadas y actividades de cualquier tipo en las cabeceras de cuencas. La congresista Juana Huancahuari expuso el proyecto de ley 2902, de su autoría, según el cual busca crear un marco legal que promueva la diversidad biológica y cultural que caracteriza a nuestro país, la agricultura orgánica, las formas tradicionales de producción agraria y evite que ingresen organismos vivos modificados al Perú.

Cecilia Mendiola, de la Asociación Peruana de Consumidores (Aspec), expuso sobre bioseguridad y los derechos que todo consumidor debe conocer al momento de adquirir cualquier producto.

En relación a los transgénicos señaló la necesidad de que el país disponga de mecanismos de precaución ante el peligro que representan las semillas transgénicas para los cultivos peruanos.

Andrés Vílchez, miembro de SEPAR-RAAA, expuso sobre los riesgos e implicancias de los transgénicos en la biodiversidad y la agricultura, mientras que Julien Duval, perteneciente al Centro Internacional de Cooperación para el Desarrollo Agrícola, quien realiza trabajos de promoción agraria en Huancavelica, expuso los beneficios económicos, sociales y medio ambientales de la agricultura orgánica.

Finalmente, la parlamentaria Hilaria Supa hizo hincapié en los retos que afronta en estos momentos las comunidades campesinas y nativas así como los pequeños agricultores frente al avance de actividades extractivas que vulneran los derechos colectivos y atentan contra el medio ambiente.

TRES CONGRESISTAS NACIONALISTAS REALIZARAN AUDIENCIA PUBLICA SOBRE SEMILLAS TRANSGENICAS EN HUANCAVELICA

Este viernes 08 de Mayo, a partir de las 09.00 horas, en el auditorium ecológico de la municipalidad provincial de Huancavelica, se realizará la Audiencia Pública "PROYECTO DE LEY QUE DECLARA AL PERÚ MEGADIVERSO, ORGÁNICO Y TERRITORIO LIBRE DE TRANSGÉNICOS" promovida por la Comisión de Pueblos Andino, Amazónicos, Afroperuanos, Ambiente y Ecología, la cual contará con la participación de representantes de la Red de Acción en Agricultura Alternativa, (RAAA), ASPEC, Ministerio de Agricultura, Ministerio del Ambiente así como el congresista por Huancavelica, Miro Ruiz Delgado, Juana Huancahuari, congresista por Ayacucho e Hilaria Supa, congresista elegida por la región Cusco quienes expondrán temas relacionados al evento. Durante la Audiencia, se discutirá los peligros que se ciernen sobre la agricultura rural con el ingreso de semillas transgénicas, el impacto de estas en la cadena ecológica nacional y el uso indebido de productos transgénicos en la agricultura.

Se espera la presencia de cientos de campesinos provenientes de las distintas comunidades asentadas en Huancavelica, estudiantes, representantes de organizaciones campesinas y público en general.

Congresistas expondrán sobre agua y minería en Huancavelica

Los congresistas Juana Huancahuari, Miro Ruiz y María Sumire confirmaron su asistencia en la audiencia pública que sobre “Agua y Transgénicos” se realizará mañana 8 de mayo en el auditorio del Barrio San Cristóbal, en la ciudad de Huancavelica.

Uno de los temas a exponer es el referido a evaluar la nueva ley de recursos hídricos, norma que promueve la inversión y administración privada del agua. Diversos analistas han señalado su carácter privatista y el peligro que se cierne sobre las cabeceras de cuenca.

Asimismo, la audiencia presentará el proyecto de ley Nº2902 que declara al Perú como un país megadiverso, orgánico y libre de transgénicos u organismos vivos modificados, en la cual se recogerán comentarios y sugerencias.

Son varias regiones que están promoviendo proyectos de ordenanzas para declarar sus territorios centros de origen de productos orgánicos, de diversificación de especies y libre de organismos vivos modificados. Cusco posee una ordenanza en este sentido desde el 2007.

Los transgénicos comprenden, por un lado, los organismos vivos modificados (como las semillas, peces, entre otros) y los alimentos transgénicos envasados o procesados. Para estos últimos, se está promoviendo una ley que obliga al etiquetado y la información sobre su composición.

Pero el peligro se cierne sobre los cultivos originarios y sobre las especies alimenticias si se llegasen a liberar semillas transgénicas en el país. Para la Red de Acción en Agricultura Alternativa, no es posible la convivencia entre la agricultura orgánica y la agricultura transgénica.

El proyecto 2902 cuenta con un numeroso respaldo de instituciones y organizaciones sociales, que se han plegado al proyecto para que el Estado tenga una política de defensa del agro y de nuestros productos como medida de precaución ante el ingreso de semillas transgénicas y que fueron recogidas en las audiencias realizadas en Cusco, Piura y Ayacucho.
El evento contará con la asistencia de especialistas provenientes de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios, de la Universidad Nacional del Centro, de la Dirección Regional Agraria, de la Red de Acción en Agricultura Alternativa, de la organización Agro veterinarios sin fronteras, la Federación Departamental Campesina, el Frente de Defensa, entre otros, y cuenta con el auspicio de la Municipalidad Provincial de Huancavelica